El 30 de junio de 2026 la Corte Suprema resolvió que la Decimocuarta Enmienda reconoce como ciudadanos a los niños nacidos en Estados Unidos aunque sus padres estén en situación irregular o con una visa temporal. Te explicamos qué decidió, qué quedó pendiente y en qué se diferencia de la ciudadanía de los hijos nacidos fuera del país.

Puntos clave

  • El caso Trump v. Barbara (n.º 25-365) se argumentó el 1 de abril de 2026 y se resolvió el 30 de junio de 2026.
  • La Corte confirmó el fallo contra la Orden Ejecutiva 14160, firmada el 20 de enero de 2025.
  • La opinión mayoritaria la redactó el presidente de la Corte, John Roberts, con el apoyo de cuatro jueces; el juez Kavanaugh coincidió con el resultado por motivos más limitados y tres jueces disintieron.
  • Los abogados de los demandantes informan de una nueva orden ejecutiva sobre ciudadanía firmada el 6 de agosto de 2026, que está siendo impugnada.
  • Los hijos nacidos en el extranjero de padres estadounidenses se rigen por leyes del Congreso (INA §§ 301, 320 y 322), no por la cláusula de ciudadanía.

La orden ejecutiva y la demanda

La Orden Ejecutiva 14160, firmada el 20 de enero de 2025, sostenía que los hijos nacidos en Estados Unidos de padres en situación irregular, o con presencia solo temporal, no están "sujetos a la jurisdicción" del país y, por tanto, no son ciudadanos ni según la Decimocuarta Enmienda ni según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). Varios padres demandaron. Un tribunal federal de New Hampshire certificó provisionalmente una clase nacional de niños afectados y bloqueó la orden. La Corte Suprema aceptó el caso antes de que se pronunciara el tribunal de apelaciones.

Ese camino de la demanda colectiva fue consecuencia de una decisión anterior, que explicamos en nuestro artículo sobre Trump v. CASA y las demandas colectivas.

Qué decidió la Corte

La Corte concluyó que los niños nacidos en Estados Unidos de padres en situación irregular o temporal están "sujetos a la jurisdicción" del país y son ciudadanos desde su nacimiento. La opinión se apoya en la regla del derecho común inglés conocida como jus soli, según la cual quien nacía dentro de los dominios del soberano le debía lealtad sin importar lo pasajera que fuera la presencia de sus padres, con excepciones muy limitadas, como los hijos de diplomáticos extranjeros. También interpreta la cláusula a la luz del rechazo a la sentencia Dred Scott y de la decisión de 1898 en United States v. Wong Kim Ark.

Conviene describir bien la votación. Seis jueces apoyaron el resultado. Roberts redactó la opinión de la Corte, a la que se sumaron las juezas Sotomayor, Kagan, Barrett y Jackson; Jackson escribió además una opinión concurrente. Kavanaugh coincidió con el fallo, pero disintió en parte de su fundamento. Thomas, con Gorsuch, disintió, y Alito y Gorsuch presentaron votos particulares en contra.

Qué sigue en disputa

La sentencia resolvió la constitucionalidad de la Orden Ejecutiva 14160, pero el litigio continúa. Los abogados de la clase demandante informan de que el presidente firmó una nueva orden ejecutiva el 6 de agosto de 2026 y han pedido a los tribunales que confirmen que los miembros de la clase no pueden ver negada su ciudadanía. Mientras tanto, conviene guardar copias certificadas del acta de nacimiento, solicitar el pasaporte por los cauces normales y buscar asesoría legal si alguna agencia se niega a reconocer la ciudadanía de un menor. Para el contexto de los cambios en el control judicial de la política migratoria, puedes leer el futuro del control judicial en la política migratoria.

Hijos nacidos fuera de Estados Unidos: otras reglas

Trump v. Barbara trata del nacimiento en territorio estadounidense. Un hijo nacido en el extranjero de padre o madre estadounidense adquiere o deriva la ciudadanía, cuando corresponde, según leyes del Congreso. La sección 301 de la INA (8 U.S.C. § 1401) regula la ciudadanía al nacer en el extranjero y suele exigir que el progenitor ciudadano haya vivido un tiempo mínimo en Estados Unidos antes del nacimiento. Si ese requisito no se cumple, la ciudadanía no se transmite automáticamente; este análisis explica cuándo no se transmite la ciudadanía por descendencia.

Para esos casos existen otras vías. La sección 320 otorga la ciudadanía de forma automática a ciertos menores que viven en Estados Unidos como residentes permanentes bajo la custodia del progenitor ciudadano, mientras que la sección 322 permite al padre o madre ciudadano solicitar la naturalización de un hijo que vive en el extranjero mediante el formulario N-600K. Las diferencias se explican en esta comparación de INA § 322 frente a § 320. Si el niño todavía es pequeño, también puede ser posible un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero; esta guía compara la N-600K y el Informe Consular de Nacimiento (CRBA). Como la N-600K debe completarse antes de que el menor cumpla 18 años, un retraso de USCIS puede ser grave; esta guía en inglés explica el mandamus por demoras de la N-600K cuando el menor se acerca a los 18 (en inglés).

Si ya presentaste una N-600K, revisa los errores más frecuentes en nuestra guía sobre errores comunes en la N-600K, y consulta nuestra lista de requisitos para solicitar residencia o ciudadanía.

Preguntas frecuentes

¿Mi hijo nacido en EE. UU. es ciudadano si estoy indocumentado o con visa temporal?

Según Trump v. Barbara, sí: el niño nacido en Estados Unidos de padres en situación irregular o temporal es ciudadano desde su nacimiento, salvo las excepciones tradicionales muy limitadas, como los hijos de diplomáticos.

¿La sentencia afecta a los hijos nacidos en el extranjero?

No directamente. Su ciudadanía depende de las secciones 301, 320 y 322 de la INA y de requisitos como la presencia física del progenitor ciudadano.

¿Qué pasa con la orden ejecutiva de agosto de 2026?

Su validez se está litigando. Verifica la situación actual y busca asesoría si una agencia cuestiona la ciudadanía de un menor.

Aviso legal

Este artículo describe novedades legales a 8 de octubre de 2026. Es información general, no asesoría legal. Los casos judiciales y las políticas que se mencionan pueden cambiar con rapidez; verifica su situación actual y consulta con un abogado autorizado sobre tu caso. Algunos enlaces llevan a sitios de publicidad de abogados; consulta nuestra política editorial.

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