El 21 de mayo de 2026 USCIS publicó un memorando que describe el ajuste de estatus como una gracia discrecional y una alternativa extraordinaria al trámite consular. No cambia la ley, pero anuncia un examen más estricto de la discreción en las solicitudes de green card presentadas dentro de EE. UU.
Puntos clave
- El memorando PM-602-0199, del 21 de mayo de 2026, trata del ajuste de estatus de la sección 245(a) de la INA (8 U.S.C. § 1255).
- Cita la decisión Matter of Blas (BIA, 1974) y sentencias de la Corte Suprema como Patel v. Garland para recordar que el ajuste es discrecional.
- Afirma que mantener un estatus de 'doble intención' no basta, por sí solo, para una decisión favorable.
- No reduce los requisitos legales de elegibilidad y anuncia posibles guías específicas por categoría.
- Conviene documentar factores positivos, mantener el estatus y preparar la entrevista para preguntas sobre discreción.
Qué dice el memorando
El ajuste de estatus permite a una persona elegible que ya está en EE. UU. convertirse en residente permanente sin salir del país para hacer la entrevista consular. La sección 245(a) dice que el estatus "puede" ajustarse a discreción de la agencia. El PM-602-0199 recuerda que el ajuste es "una cuestión de discreción y gracia administrativa" que no fue diseñada para sustituir el trámite consular ordinario. Se apoya en la decisión Matter of Blas de 1974 de la Junta de Apelaciones de Inmigración y en el lenguaje de la Corte Suprema, como en Patel v. Garland (2022).
Algunos puntos han llamado la atención de los abogados:
- Califica el ajuste de "extraordinario" y el trámite consular de vía ordinaria.
- Reconoce que pedir el ajuste es compatible con categorías de doble intención como H-1B o L-1, pero dice que mantener ese estatus no basta por sí solo para una decisión favorable.
- Sostiene que las decisiones discrecionales en estos casos no pueden revisarse judicialmente según la sección 242(a)(2)(B) de la INA.
- Anuncia que USCIS podría publicar guías específicas para ciertas categorías o grupos.
Lo que no cambia
El memorando no modifica los requisitos de elegibilidad de la ley ni del reglamento, y el ajuste siempre ha tenido un componente discrecional. Su efecto real dependerá de cómo lo apliquen los oficiales. Algunos abogados recuerdan que decisiones posteriores de la Junta favorecían una discreción positiva para familiares inmediatos sin factores negativos importantes; cómo encaja eso con el memorando podría acabar en los tribunales. Si estás pensando en cambiar de vía, compara antes con las ventajas y riesgos de la presentación concurrente I-130 e I-485.
Cómo reforzar tu I-485
- Mantén tu estatus. Aunque algunas categorías permiten el ajuste pese a infracciones, un historial limpio pesa ahora más. Esta guía explica la importancia de la admisión legal y de mantener el estatus durante el proceso.
- Documenta tus factores positivos. Lazos familiares, familiares ciudadanos o residentes, años en el país, empleo, impuestos al día, participación comunitaria y posibles perjuicios.
- Explica los factores negativos. Prepara registros certificados y contexto para arrestos, infracciones migratorias o contradicciones.
- Prepara la entrevista. Es probable que te pregunten por qué el ajuste, y no el trámite consular, es apropiado en tu caso.
- Conoce tus opciones ante una denegación. Lee los errores que llevan a la cancelación de una green card.
Demora frente a discreción
Una demanda por demora irrazonable puede obligar a USCIS a decidir una I-485 estancada, pero no a aprobarla. Tras este memorando esa diferencia pesa más. Este análisis en inglés explica el mandamus para la I-485 después del memorando PM-602-0199. Si tu caso lleva demasiado tiempo, revisa también qué hacer cuando la I-485 supera el tiempo normal y el recurso legal ante una green card detenida.
Ajuste de estatus o trámite consular: los riesgos de salir
El memorando presenta el trámite consular como la vía ordinaria, pero para muchas personas salir de EE. UU. tiene consecuencias graves. Quien acumuló más de 180 días de presencia ilegal y sale del país puede quedar inadmisible durante 3 años, y quien acumuló más de un año, durante 10 años (INA § 212(a)(9)(B)). En algunos casos existe un perdón provisional (formulario I-601A) que se pide antes de salir, pero exige demostrar un perjuicio extremo para un familiar ciudadano o residente permanente. Por eso, cambiar de vía sin un análisis previo puede ser mucho más arriesgado que esperar la decisión del ajuste.
Preguntas para hacerle a tu abogado
- ¿Mi categoría permite el ajuste aunque haya tenido infracciones de estatus?
- ¿Qué factores positivos y negativos vería un oficial en mi expediente?
- ¿Qué pruebas conviene presentar antes de la entrevista para reforzar la discreción?
- Si me niegan el ajuste, ¿qué opciones tengo y en qué plazos?
Preguntas frecuentes
¿El memorando me hace inelegible para la green card?
No. No cambia los requisitos de elegibilidad. Subraya que el oficial puede negar por discreción a un solicitante elegible y pide examinar mejor los factores discrecionales.
¿Debo cambiarme al trámite consular?
No de forma automática. Salir del país puede activar castigos por presencia ilegal u otros riesgos. Consúltalo antes con un abogado.
¿Puede un tribunal revisar una denegación discrecional?
El memorando sostiene que no, según la sección 242(a)(2)(B). Las cuestiones legales o constitucionales, y la falta total de decisión, plantean problemas distintos.
Fuentes y autoridades
- USCIS, memorando PM-602-0199 (21 de mayo de 2026), PDF en inglés
- 8 U.S.C. § 1255 — ajuste de estatus (Cornell LII, en inglés)
- USCIS: formulario I-485 (en inglés)
Enlaces comprobados el 2026-10-08.
Aviso legal
Este artículo describe novedades legales a 8 de octubre de 2026. Es información general, no asesoría legal. Los casos judiciales y las políticas que se mencionan pueden cambiar con rapidez; verifica su situación actual y consulta con un abogado autorizado sobre tu caso. Algunos enlaces llevan a sitios de publicidad de abogados; consulta nuestra política editorial.
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