En junio de 2026 un tribunal federal anuló las políticas de USCIS que habían congelado decisiones de green card, permisos de trabajo, naturalización y asilo para personas de decenas de países. Te contamos qué pasó, qué sigue en litigio y cómo afecta a una solicitud detenida.
Puntos clave
- USCIS retuvo los trámites de nacionales de los países incluidos en las proclamaciones 10949 y 10998, y todas las solicitudes de asilo afirmativo pendientes.
- El 5 de junio de 2026 el juez John J. McConnell Jr. anuló cuatro de esas políticas en Dorcas International Institute of Rhode Island v. USCIS.
- El Gobierno apeló al Primer Circuito (n.º 26-1703). El tribunal no suspendió su fallo; el Primer Circuito solo lo suspendió respecto a la revisión de casos ya aprobados.
- El fallo afecta a cómo USCIS tramita beneficios dentro de EE. UU.; no anuló las proclamaciones de restricción de entrada.
- Si tu caso sigue detenido, documenta la demora, pide información a USCIS y valora con un abogado una demanda por demora irrazonable.
Cómo empezaron las retenciones
El 4 de junio de 2025 se firmó la Proclamación 10949, que restringió total o parcialmente la entrada de nacionales de 19 países. La Proclamación 10998, firmada el 16 de diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero de 2026, amplió la lista a 39 países y a ciertos documentos de viaje de la Autoridad Palestina. Ambas se basaron en la sección 212(f) de la INA, que regula la entrada al país.
USCIS aplicó esas proclamaciones también a personas que ya estaban dentro. Un memorando del 2 de diciembre de 2025 (PM-602-0192) retuvo todas las solicitudes de asilo I-589 pendientes, sin importar la nacionalidad, y los trámites de los nacionales de los 19 países, además de ordenar revisar de nuevo beneficios ya aprobados a quienes entraron desde el 20 de enero de 2021. Otro memorando del 1 de enero de 2026 (PM-602-0194) extendió la retención a los 39 países: los expedientes podían avanzar en pasos intermedios, pero sin decisión final. Si quieres más contexto sobre el veto migratorio, consulta quién se vio afectado por la prohibición de viajes de 2025.
Qué decidió el tribunal
Varias organizaciones, sindicatos y solicitantes demandaron en el Tribunal de Distrito de Rhode Island (caso 1:26-cv-00132). El 5 de junio de 2026 el juez McConnell les dio la razón en sus reclamaciones bajo la Ley de Procedimiento Administrativo (APA): concluyó que las políticas excedían la autoridad de USCIS y eran arbitrarias, y anuló cuatro de ellas: la retención global del asilo, la retención de beneficios, la revisión exhaustiva de casos aprobados y la política de factores por país.
La clave del razonamiento es la diferencia entre entrar al país y decidir solicitudes. Las proclamaciones regulan quién puede entrar o recibir una visa en el extranjero; en cambio, la ley obliga a USCIS a resolver las solicitudes de quienes ya están aquí, y la APA exige que las agencias resuelvan "en un tiempo razonable". Anular una política no significa que tu solicitud deba aprobarse: solo elimina el congelamiento por nacionalidad.
Situación de la apelación
USCIS anunció el 12 de junio de 2026 que, aunque no estaba de acuerdo, cumpliría el fallo mientras preparaba nuevas instrucciones, y ese mismo día apeló. El 15 de julio de 2026 el tribunal de distrito negó suspender su decisión. Según el expediente público, el Primer Circuito concedió la suspensión solo en parte, limitada a la política de revisión de casos ya aprobados. En la práctica, a la fecha de este artículo siguen anuladas la retención de beneficios, la del asilo y la de factores por país. Es una cuestión abierta que puede cambiar.
Qué significa para tu solicitud
Tu caso ya no debería estar congelado solo por tu país de nacimiento o nacionalidad, pero eso no garantiza rapidez: siguen los controles de seguridad, las solicitudes de pruebas y los atrasos generales. Algunos pasos útiles:
- Confirma que USCIS tiene tu dirección actual y que respondiste a toda solicitud de pruebas o citación.
- Guarda un registro con fechas de cada consulta: estado en línea, llamadas, e-Requests, gestiones con tu congresista.
- Compara la antigüedad de tu caso con los tiempos publicados. Esta guía explica qué hacer ante demoras irrazonables de USCIS.
- Si recibiste una denegación basada en la política de factores por país, habla pronto con un abogado sobre mociones y plazos.
Cuándo tiene sentido una demanda federal
Cuando una agencia no actúa en un plazo razonable se suelen combinar dos herramientas: la Ley de Mandamus (28 U.S.C. § 1361), que permite ordenar a un funcionario federal cumplir un deber claro, y la APA (5 U.S.C. § 706(1)), que permite obligar a actuar cuando hay una demora irrazonable. Esta explicación sobre el writ of mandamus contra USCIS resume cómo funciona, y esta otra, en inglés, explica los factores TRAC con los que los jueces valoran si una demora es irrazonable (en inglés). Recuerda que la demanda obliga a decidir, no a aprobar; lo explicamos en demanda de mandamus explicada y en USCIS en pausa.
Preguntas frecuentes
¿El fallo significa que aprobarán mi solicitud?
No. Elimina las políticas que congelaban decisiones por nacionalidad, pero tu solicitud debe cumplir todos los requisitos y superar la verificación normal.
¿Se aplica fuera de Rhode Island?
El tribunal anuló las políticas en sí, lo que en general se entiende con efecto nacional sobre cómo las aplica USCIS. Podría cambiar si un tribunal superior suspende o revoca el fallo.
¿Siguen vigentes las proclamaciones de restricción de viaje?
Sí. El caso impugnó las políticas internas de USCIS sobre beneficios dentro del país, no las restricciones de entrada.
Fuentes y autoridades
- AILA: el tribunal niega suspender el fallo Dorcas (julio de 2026, en inglés)
- Dorcas v. USCIS, n.º 1:26-cv-00132 (D.R.I.), orden que niega la suspensión (PDF, en inglés)
- 5 U.S.C. § 706 — revisión judicial (Cornell LII, en inglés)
- 28 U.S.C. § 1361 — acción de mandamus (Cornell LII, en inglés)
Enlaces comprobados el 2026-10-08.
Aviso legal
Este artículo describe novedades legales a 8 de octubre de 2026. Es información general, no asesoría legal. Los casos judiciales y las políticas que se mencionan pueden cambiar con rapidez; verifica su situación actual y consulta con un abogado autorizado sobre tu caso. Algunos enlaces llevan a sitios de publicidad de abogados; consulta nuestra política editorial.
¿Te resultó útil esta guía?
Explora más temas o contáctanos con tu pregunta.